¡Socorro, ruidos en mi comunidad de vecinos! El ruido se ha convertido en uno de los principales focos de conflicto en las viviendas.

Taladros, música alta, ladridos o fiestas nocturnas pueden transformar el día a día en un problema constante que afecta a nuestra salud y a la convivencia.

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¡Socorro, ruidos en mi comunidad de vecinos!

En España, según datos de la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU, 2024), el ruido figura entre las tres quejas más habituales en las comunidades.

A través de este reportaje analizamos quién provoca los ruidos, qué consecuencias tienen y, sobre todo, qué podemos hacer para prevenirlos y mantener una convivencia saludable.

No todo sonido es ruido. Se considera tal cuando supera los límites de tolerancia razonable y afecta al descanso o al uso normal de una vivienda. La Ley 37/2003 del Ruido lo define como toda emisión sonora que cause molestia o daño a las personas.

En las comunidades, las molestias suelen ser más evidentes por la proximidad entre viviendas y la falta de aislamiento. Según el Consejo General de Colegios de Gestores Administrativos (2025), los sonidos más denunciados son los golpes, música alta, obras y ladridos.

Los causantes pueden ser tanto vecinos particulares como instalaciones del edificio. Entre los ejemplos más frecuentes encontramos:

  • Obras y reformas fuera de horario.
  • Música o fiestas nocturnas con volumen elevado.
  • Mascotas que ladran o corren por el suelo.
  • Electrodomésticos y aparatos de aire acondicionado mal aislados.
  • Uso inadecuado de zonas comunes, como portales o azoteas.

La empresa AON (2024) recuerda que el nivel medio de ruido permitido en interiores debe situarse en torno a 35 dB durante el día y 25 dB por la noche, aunque los valores concretos dependen de cada municipio.

¡Socorro, ruidos en mi comunidad de vecinos!
Según el Consejo General de Colegios de Gestores Administrativos (2025), los sonidos más denunciados son los golpes, música alta, obras y ladridos.

La Ley de Propiedad Horizontal (artículo 7.2) prohíbe expresamente realizar actividades molestas, insalubres o peligrosas en una vivienda o local.

Además, la Ordenanza Municipal de Ruido de cada ayuntamiento fija horarios de descanso, habitualmente de 22:00 a 07:00 h y límites de decibelios. Si se superan, el ayuntamiento puede imponer sanciones.

Por ejemplo, el portal Idealista (2024) detalla que durante el día el límite suele ser 40 dB y por la noche 30 dB en interiores. Estos valores se miden mediante sonómetros en inspecciones municipales o peritajes acústicos.

El exceso de ruido tiene efectos comprobados sobre la salud. La Organización Mundial de la Salud (OMS) advierte que niveles superiores a 55 dB aumentan el riesgo de insomnio, irritabilidad y estrés.

En el ámbito vecinal, las consecuencias también son sociales: discusiones, pérdida de confianza entre vecinos, denuncias y juntas conflictivas.

En casos graves, la comunidad puede acudir a la vía judicial y exigir el cese de la actividad molesta, o incluso solicitar la privación temporal del uso de la vivienda si el ruido es reiterado.

a) A nivel individual

  1. Dialogar con el vecino antes de denunciar. Muchas veces, el causante desconoce el problema.
  2. Respetar los horarios de descanso fijados por el ayuntamiento o la comunidad.
  3. Avisar cuando se vayan a realizar obras, mudanzas o reuniones.
  4. Instalar alfombras, burletes o paneles acústicos en viviendas con poco aislamiento.
  5. Mantener las mascotas controladas, sobre todo durante la noche.

b) A nivel comunitario

  1. Incluir normas sobre horarios y ruido en los estatutos o reglamento interno.
  2. Designar un canal de comunicación (administrador o presidente) para gestionar quejas antes de llegar al conflicto.
  3. Promover el aislamiento acústico en zonas comunes, sobre todo en garajes o cuartos de máquinas.
  4. Apostar por la mediación vecinal, una opción gratuita que cada vez más ayuntamientos ofrecen antes de acudir a los tribunales.
¡Socorro, ruidos en mi comunidad de vecinos!
La Ley de Propiedad Horizontal (artículo 7.2) prohíbe expresamente realizar actividades molestas, insalubres o peligrosas en una vivienda o local.

Si la situación persiste:

  1. Presentar una queja escrita al presidente o administrador.
  2. Registrar pruebas del ruido (fechas, grabaciones, testigos).
  3. Pedir una medición acústica al ayuntamiento o a un técnico autorizado.
  4. En último término, interponer una demanda de cesación amparada en la Ley de Propiedad Horizontal.

Los abogados especializados recuerdan que esta demanda requiere que la comunidad haya advertido previamente al infractor y aprobado la acción en junta.

Más allá de las normas, el respeto es el mejor aislante. Las comunidades que informan a nuevos inquilinos, promueven la empatía y establecen canales de comunicación reducen notablemente las incidencias.

Como señala la guía del Consejo General de Gestores Administrativos (2025), «la convivencia se basa en entender que todos compartimos el mismo techo y el mismo descanso».

La clave de la convivencia está en el respeto

El ruido es inevitable en cierta medida, pero gestionarlo con empatía, información y participación comunitaria marca la diferencia.

Hablar antes de denunciar, prevenir antes que sancionar y respetar las normas son las claves para una convivencia pacífica.

Así, un edificio deja de ser solo un conjunto de viviendas para convertirse en un verdadero hogar compartido.

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